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Ponencia del Dr. Jaime Claudio Villamil


Ponencia del Dr. Jaime Claudio Villamil endosando la iniciativa del municipio de San Juan a proteger el empleado que es paciente certificado de cannabis medicinal a no sufrir discriminación, despido o falta de consideración de empleo, por el mero hecho de usar de esta terapia.

Dr. Jaime Claudio Villamil

Profesor de Cannabis Medicinal

Facultad Medicina de Familia

Universidad de Puerto Rico

drcannaclaudio.com

787-792-9026

787-510-5563


Estimados miembros de la Comisión de Gobierno y de lo Jurídico del municipio de San Juan y en particular, al muy estimado amigo y presidente, Lcdo Marcos Antonio Rigau.


Comparece ante ustedes el Dr. Jaime Claudio Villamil, profesor de medicina de familia de la Universidad de Puerto Rico y presidente de la Sociedad Puertorriqueña de Ciencia y Medicina Cannábica. Soy clínico autorizado a recomendar el cannabis medicinal desde septiembre del 2016 y miembro de la facultad del Reciento de Ciencias Medicas y el Colegio de Médicos que adiestra a los galenos a recomendar esta terapia. Además, soy paciente de cannabis medicinal para lidiar con el insomnio y el dolor artrítico desde enero del 2017.


Quiero endosar y felicitar al municipio de San Juan por considerar esta legislación tan importante para proteger el derecho del empleado que es paciente de cannabis medicinal, a no ser discriminado, injustamente disciplinado, despedido o no contratado en virtud de su uso medicinal de este polifármaco botánico con grandes propiedades terapéuticas.


Ante el acceso al cannabis medicinal en Puerto Rico desde el 2016, muchos patronos se preguntan cómo la lidiar con sus empleados incluyendo (1) si se pueden, se debe y/o en que contexto especifico, negar el empleo a los solicitantes o disciplinar a los empleados que dan positivo a cannabis, (2) si los patronos necesitan modificar sus políticas laborales para liderar con el uso del cannabis; o (3) si los patronos tienen el deber de acomodar el uso de cannabis medicinal, ya sea en el trabajo o fuera del lugar de trabajo. Esta ponencia aspira a proporcionar consejos prácticos para discutir de forma sensata y humana, el como asumir el reto de justicia e igualdad tanto a empleados como a los patronos en Puerto Rico.


Desde que comenzó esta iniciativa con el primer entrenamiento a médicos en el Recinto de Ciencias Medicas de la UPR en julio del 2016, he tenido la oportunidad de aprender, enseñar, autorizar y supervisar a miles de paciente en el uso preciso del cannabis medicinal. Al momento mantengo una practica donde he certificado a 3,200 pacientes y he participado en el adiestramiento y educación continua a sobre 800 médicos. Mantengo una iniciativa educativa continua en prensa escrita, redes sociales, radio y televisión que se centra en mi portal web en jaimeclaudio.com


Me parece muy atinado comparar la incursión al campo de cannabis medicinal en Puerto Rico o cualquier otra jurisdicción, como una peregrinaje al viejo oeste. Es un territorio virgen con grandes oportunidades al igual que obstáculos y peligros tanto anticipados como desconocidos. Para hacer la travesía de forma segura, tenemos que organizarnos en caravanas de conocimiento y protección contra daño. El enemigo no es el indio nativo conocedor de la planta, sino los ciudadanos o empresas que mantienen un prejuicio escudado en el desconocimiento, la seudociencia, los antiguos valores, la confusión y los errores de omisión o comisión que son inevitables al levantar y reglamentar una nueva industria terapéutica que todavía sigue en una veda absurda, sin base científica, por el gobierno federal.


El sector científico y empresarial de cannabis en Puerto Rico ha logrado grandes triunfos en la organización de varias caravanas en ruta a domar este nuevo horizonte. Se ha creado cepas y productos de alta calidad que están disponibles a través de toda la isla. Se han certificado sobre 110,000 pacientes y contamos con 90 dispensarios, 25 cultivos, 23 manufactureros de productos y 9 proveedores de educación continua. Contamos con un registro digital expedito que permite registrar al paciente en cuestión de horas. Muchos pacientes reportan alivio a su malestar y la disminución en el uso de medicamentos problemáticos o con efectos adversos serios como el uso crónico de narcóticos para el dolor y pastillas para dormir como el Ambien. Hemos tenido un gran impacto en muchos pacientes con dolor, insomnio y ansiedad, Hay un potencial de ayuda en el autismo y calidad vida del paciente con Alzheimer y Parkinson. Con el desarrollo de cepas y productos altos en CBD, de alta calidad y con certificado de análisis, disponibles tanto en el dispensario como en la consulta del medico, ampliamos el arsenal terapéutico para condiciones que requieren poco o ningún contenido de THC como la bipolaridad y la esquizofrenia.


Hay espacio para mejorar. Necesitamos fomentar una recomendación precisa, una formula o sistema estandarizado para emitir la misma. Garantizar seguimiento en particular a los pacientes con múltiples condiciones crónicas y en polifarmacia. Debemos fomentar un comunicación obligada entre esa recomendación, su despacho en el dispensario, y el conocimiento informado entre paciente, medico recomendador y el resto de especialistas y el equipo de salud que atiende a este.


Hemos cometido el error de omisión de no tener un sistema de vigilancia y acopio de la experiencia del paciente y sus condiciones a productos y su resultado favorable, inefectivo o adverso. Tiene la mas alta prioridad para Puerto Rico el iniciar estudios de investigación observacional. Por ejemplo en este momento que surge las dudas sobre el vapeo en EU y PR, podríamos extraer data de uso de vapepens por pacientes y si estos han reportado algún efecto adverso. Lamentablemente no sabemos quien uso que cepa o producto para que condición.


Retomando el asunto medular de esta comisión y su aval a una legislación que proteja de discriminación a empleados tanto del municipio como de empresas radicadas en San Juan que sean pacientes certificados de cannabis medicinal me gustaría destacar lo siguiente:


Debemos fomentar una dialéctica de entendimiento y colaboración que agregue conocimiento y justicia para todos. Podemos y debemos trabajar juntos para disminuir el daño por dosificación o formulación incorrecta, que afecte la ejecutoria intelectual y/o motora del paciente.


Por ejemplo, veo pacientes, y yo soy uno de ellos, que usa el CM para lograr un mejor dormir. Estos en su inmensa mayoría, si están en la dosis y formulación correcta, lo que me gusta llamar, su punto dulce u óptimo, amanecen descansados y sin efectos residuales de torpeza motora o mental en la mañana. Al contrario, están mas renovados y listos a desempeñar sus labores después de un sueño reparador.


El que tiene ansiedad y dolor severo durante el día representa un reto ya que requiere dosificarse por el día. Siempre destaco que toda terapia de CM tiene un recomendación de efecto rápido como vaporizar la flor o su concentrado en cigarrillo electrónico, al igual o mas importante su dosificación sostenida que brinde horas de alivio en tinturas, pastillas o comestibles.


El patrono le puede ocupar que la terapia de cannabis le produzca un efecto de impedir o incapacitar al empleado a rendir su trabajo y eso es entendible. Esto puede pasar con un exceso de Xanax, Ultracet o Lyrica. O sea algo que puede suceder con cualquier medicamento recetado que tenga un efecto psicoactivo, o sea, que afecte el sistema nervioso central y que ocasione cambios específicos en sus funciones como la percepción de dolor, el estado anímico o las percepciones a través de los sentidos. Debemos discriminar entre unos cambios psicoactivos favorables donde la persona mitigue un eterno dolor de espalda, depresión o angustia, versus un sicointoxicación donde pierda balance, juicio, alerta y concentración. Solo el THC del cannabis produce esta alteración-el resto de los ingredientes de la planta no producen intoxicación.

Se puede prevenir o minimizar esta efecto adverso con una formulación y dosis correcta. Por ejemplo si la persona usa un producto o flor con una proporción de 3:1 CBD a THC, este último ingrediente se modula para no crear una intoxicación. La presencia de ciertos terpenos, substancias aromáticas de la planta como el pineno y el cariofileno, alteran el efecto del cannabis para que produzca analgesia, alerta y concentracion.


Cuando se sospeche un efecto de impedimento en la capacidad motora o intelectual del paciente, se debe hacer un señalamiento de orientación y si justificado, discutir como alterar la dosis y formulación para que el empleado puede seguir con sus tareas rutinarias. Se pueden considerar pruebas de campo para detectar un consumo que afecte capacidad de ejecutar el trabajo siguiendo pautas desarrollado por los estados de Colorado y California. Le adjunto en un anexo los detalles de las mismas.


Siguiendo las pautas el estado de Pennsylvania, recomiendo lo siguiente: La Ley de marihuana medicinal de Pensilvania (Ley 16) protege a los pacientes registrados de la discriminación injusta en el lugar de trabajo sin requerir que los empleadores violen la ley federal. También prohíbe a los pacientes participar en ciertas actividades de alto riesgo mientras usan marihuana medicinal y permite a los empleadores garantizar un lugar de trabajo seguro. Los empleadores no pueden discriminar a los pacientes por su condición de pacientes registrados. Los pacientes que tienen más de 10 nanogramos * por mililitro de THC en la sangre no deben operar o estar en control físico de 1) productos químicos que requieren un permiso federal o estatal o 2) estar en tareas que requieran el manejo de electricidad de alto voltaje. Los empleadores podrían acomodar el uso de marihuana medicinal (minimante intoxicante ie alta en CBD) en el lugar de trabajo para empleado que así lo soliciten y se negocie por observación que el empleado sigue apto ( o mas apto) para desempeñar sus labores. Los empleadores pueden hacer una observación o señalamiento a un empleado por "estar bajo la influencia del cannabis en el lugar de trabajo o por trabajar mientras están bajo la influencia de marihuana medicinal cuando la conducta del empleado cae por debajo del estándar de atención normalmente aceptado para ese puesto ”. Los patronos no tienen que tomar ninguna medida que viole la ley federal. Estos deben poder restringir a empleados que son pacientes, a realizar deberes que requieran mucho balance como moverse en espacios de alturas sin seguridad, si se percibe que este esta bajo un nivel o formulación de cannabis medicinal que altere su equilibrio o dexteridad manual.


Conjuntamente con las prueba de coordinación, los nanogramos por mililitro de THC (ng / mL) no deben exceder lo 10 ng /ml en sangre, a menos que si lo hace, se constate que el paciente no esta afectado para realizar sus tareas. Si bien algunos pacientes que consumen cantidades significativas de cannabis podrían registrar más de 10 ng / ml en en sangre muchas horas después de consumir cannabis, la mayoría de los pacientes, particularmente aquellos que usan solo una pequeña cantidad de cannabis entre 2.5 a 10 mg de THC, no lo harán. El THC alcanza su punto máximo rápidamente en los primeros minutos después de la inhalación, a menudo a niveles superiores a 100 ng / ml en plasma sanguíneo. Luego disminuye rápidamente a niveles de un solo dígito en una hora. Por lo tanto, los niveles altos de THC son una buena indicación de que el sujeto ha fumado marihuana recientemente. El THC puede permanecer en niveles bajos pero detectables de 1-2 ng / ml durante 8 horas o más sin ningún signo medible de deterioro en usuarios únicos. En usuarios crónicos, cantidades detectables de THC en la sangre pueden persistir durante días. En un estudio de usuarios crónicos, se detectó THC residual durante 24 a 48 horas o más a niveles de 0.5 - 3.2 ng / ml en sangre total (1.0 - 6.4 ng / ml en suero) ".



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